La Justicia anuló el Decreto Supremo N.º 009-2024-SA que clasificaba la identidad trans como trastorno mental por generar estigmatización y discriminación en el acceso a la salud en una sentencia histórica.
TRES CLAVES:
1. El decreto fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema por estigmatizar y discriminar a personas trans en servicios de salud.
2. El tribunal recomendó usar estándares internacionales que no consideran la identidad trans como una enfermedad.
3. La sentencia obliga al Estado a garantizar atención sanitaria equitativa y sin trato diferenciado.
La Corte Suprema confirmó que incluir a las identidades trans en categorías de trastornos mentales vulnera derechos fundamentales y dificulta el acceso a servicios de salud en condiciones de igualdad en un fallo histórico que surge tras una acción popular impulsada por activistas y organizaciones, que evidenciaron el impacto negativo de la norma en la atención sanitaria y la estigmatización social.
El tribunal señaló que existían alternativas menos lesivas, como la adopción del CIE-11, estándar internacional vigente que excluye la identidad trans de las enfermedades mentales.
También destacó que el decreto no superaba el test de idoneidad y generaba un trato desigual, lo que contraviene la obligación estatal de brindar servicios de salud equitativos y de calidad.
Aunque la sentencia representa un avance legal, activistas y especialistas advierten que el desafío, ahora, es implementar políticas públicas con un enfoque de salud, capacitación al personal y protocolos inclusivos que marquen un límite contra la transfobia institucional.
