Tres claves:
1. Apertura al capital privado con control estatal mayoritario: Los artículos aprobados establecen que la explotación minera podrá ser realizada por empresas mixtas con control estatal mayoritario (mínimo 50%+1), empresas privadas autorizadas, brigadas artesanales y personas naturales, aunque la propiedad de los yacimientos sigue siendo inalienable de la República.
2. Protección ambiental y desarrollo sostenible como pilares rectores: El artículo seis del proyecto establece que la actividad minera deberá realizarse de manera «científica y racional», priorizando el desarrollo sostenible y la rentabilidad para el Estado sin descuidar la preservación de los ecosistemas naturales .
3. Contexto geopolítico favorable tras acercamiento con EE.UU.: La discusión de la ley cobra impulso luego de que el Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitiera la licencia general 51, que autoriza a empresas estadounidenses a comprar, transportar y revender oro venezolano, revirtiendo años de sanciones.
-La Asamblea Nacional de Venezuela aprobó 12 artículos del Proyecto de Ley Orgánica de Minas en segunda discusión, aunque el debate fue diferido para la próxima semana a solicitud del diputado Orlando Camacho, presidente de la Comisión de Energía y Petróleo, quien argumentó la necesidad de escuchar más opiniones en el marco de las consultas públicas realizadas en los estados Bolívar y Zulia .
El artículo cuatro determina que la gestión y rectoría de los recursos minerales competen solo al Gobierno nacional a través del Ministerio de Minas, mientras que el cinco enumera los sujetos autorizados a la explotación: empresas exclusivas del Estado, entidades mixtas con control estatal mayoritario al 50%, empresas privadas autorizadas, brigadas mineras artesanales y personas naturales que ejerzan la minería de manera individual.
